lunes, 8 de junio de 2015

CLASE VEINTIDOS





FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA
El fundamento Constitucional lo encontramos en el Capitulo III denominado  “Del Poder  Ejecutivo” que corresponde al titulo  tercero  intitulado  “De la división de poderes” y, concretamente  en el texto del articulo 80  que dice:
           
“Se deposita el ejercicio del Supremo Poder Ejecutivo de la Unión en un solo individuo que se denominará  Presidente de los Estados Unidos Mexicanos”

Nuestro poder ejecutivo es un órgano unitario o unipersonal, pues se deposita en u solo individuo, en contraposición a los órganos colegiados como son los poderes Legislativo y Judicial que en nuestro país  y en el resto del mundo   son de carácter colectivo.

Articulo 81.- elección del Presidente
Articulo 89; facultades y obligaciones del presidente.
Artículos 71 y 72.-  facultad para  presentar iniciativas de ley.


ORGANOS QUE INTERVIENEN DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA
Esta función  se realiza por  un conjunto de órganos entre los que existe unidad orgánica, pero también una jerarquía que se traduce en una relación de mando y obediencia entre los órganos superiores y los órganos inferiores.  De las relaciones jerárquica se desprenden otras relaciones de  organización administrativa que pueden ser de coordinación entre entidades que se encuentran  al mismo nivel -  o de  subordinación  si se encuentran sujetos unos a otros.

En  México la administración publica federal se divide en centralizada y paraestatal.



CARACTERISTICAS DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA


ACTOS JURIDICOS EMANADOS DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA

No hay comentarios:

Publicar un comentario