TOMAS HOBBES.- Thomas Hobbes es recordado por su obra sobre la filosofía política,
aunque también contribuyó en una amplia gama de campos, incluyendo historia, geometría,
teología, ética, filosofía general y ciencia política.
La época de Hobbes se caracteriza por una gran
división política la cual confrontaba dos bandos bien definidos:
- Monárquicos: que defendían la monarquía absoluta aduciendo que la legitimidad de ésta venía directamente de Dios.
- Parlamentarios: afirmaban que la soberanía debía estar compartida entre el rey y el pueblo.
Hobbes se mantenía en una postura neutra entre
ambos bandos ya que si bien afirmaba que la soberanía está en el rey, su poder
no provenía de Dios. El pensamiento filosófico de Hobbes se define por
enmarcarse dentro del materialismo mecanicista, corriente que dice que sólo
existe un "cuerpo" y niega la existencia del alma. También dice que
el hombre está regido por las leyes del Universo. En estos dos conceptos su
pensamiento es parecido al de Spinoza, sin embargo se diferencia en gran medida
de éste al afirmar que el hombre es como una máquina, ya que según Hobbes, el
hombre se mueve continuamente para alcanzar sus deseos; este movimiento se
clasifica en dos tipos: de acercamiento, el hombre siempre se acerca a las
cosas que desea y de alejamiento, el hombre se aleja de las cosas que ponen en
peligro su vida. Así dice que la sociedad está siempre en movimiento.
Escribió Leviatán, un manual sobre la
naturaleza humana y como se organiza la sociedad. Partiendo de la definición de
hombre y de sus características explica la aparición del Derecho y de los
distintos tipos de gobierno que son necesarios para la convivencia en la
sociedad. El origen del Estado es el pacto que realizan todos los hombres entre
sí, subordinándose desde ese momento a un gobernante, el cual procura por el
bien de todos los súbditos y de él mismo. De esa forma se conforma la
organización social.
Su visión del estado de naturaleza anterior a la
organización social es la "guerra de todos contra todos", la vida en
ese estado es solitaria, pobre, brutal y breve. Habla del derecho de
naturaleza, como la libertad de utilizar el poder que cada uno tiene para
garantizar la auto conservación. Cuando el hombre se da cuenta de que no puede
seguir viviendo en un estado de guerra civil continua, surge la ley de
naturaleza, que limita al hombre a no realizar ningún acto que atente contra su
vida o la de los otros. De esto se deriva la segunda ley de naturaleza, en la
cual cada hombre renuncia o transfiere su derecho a un poder absoluto que le
garantice el estado de paz. Así surge el contrato social en Hobbes. Junto con
los Dos Tratados sobre el Gobierno Civil de John Locke y El contrato
social de Rousseau,
el Leviatán es una de las primeras obras de entidad que abordan el
origen de la sociedad.
JOHN LOCKE.- Su epistemología
(teoría del conocimiento) no cree en la existencia del innatismo y el determinismo,
considerando el conocimiento de origen sensorial, por lo que rechaza la idea
absoluta en favor de la probabilística matemática. Para Locke, el conocimiento
solamente alcanza a las relaciones entre los hechos, al cómo, no al por qué.
Por otra parte cree percibir una armonía global, apoyado en creencias y
supuestos evidentes por sí mismos, por lo que sus pensamientos también
contienen elementos propios del racionalismo y el mecanicismo.
Cree en un Dios creador cercano a la concepción
calvinista del gran relojero, basando su argumentación en nuestra propia
existencia y la imposibilidad de la nada de producir el ser, un Dios tal cual
como lo describe el pensador del racionalismo Descartes en el Discurso del
método, en la tercera parte del mismo. De la esencia divina solamente
pueden ser conocidos los accidentes y sus designios solamente pueden ser
advertidos a través de las leyes naturales.
Trata la religión como un asunto privado e
individual, que afecta solamente a la relación del hombre con Dios, no a las relaciones
humanas. En virtud de esta privatización el hombre se libera de su dependencia
de la disciplina e imposiciones eclesiásticas y sustrae la legitimidad
confesional a la autoridad política, puesto que considera que no hay base
bíblica para un estado cristiano.
Considera la ley natural un decreto divino que
impone la armonía global a través de una disposición mental (reverencia, temor
de Dios, afecto filial natural, amor al prójimo), concretada en acciones
prohibidas (robar, matar y en definitiva toda violación de libertad ajena), que
obligan en favor de la convivencia.
En
política, John Locke es considerado el padre del liberalismo moderno.
Propone que la soberanía emana del pueblo; que la propiedad, la vida, la
libertad y el derecho a la felicidad son derechos naturales de los hombres,
anteriores a la constitución de la sociedad. El Estado tiene como misión
principal proteger esos derechos, así como las libertades individuales de los
ciudadanos. También sostiene que el gobierno debe estar constituido por un rey
y un parlamento. El parlamento es donde se expresa la soberanía popular y donde
se hacen las leyes que deben cumplir tanto el rey como el pueblo. Anticipándose
a Montesquieu, a quien Locke influyó, describe la separación del poder
legislativo y el ejecutivo. La autoridad del Estado se sostiene en los
principios de soberanía popular y legalidad. El poder no es absoluto sino que
ha de respetar los derechos humanos.
Al Estado le confiere funciones de decisión en
controversias entre los individuos, en el contexto de la pluralidad y la
tolerancia, puesto que se dan diversidad de opiniones e intereses entre los
hombres, fruto de las distintas vías individuales de búsqueda de la felicidad,
por lo que el desacuerdo y los conflictos son inevitables.
Postula que los hombres viven en el estado de
naturaleza en una situación de paz y sometidos a leyes naturales que surgen de
la razón. Los hombres salen a través del pacto social del estado de naturaleza
porque no existe allí justicia imparcial que asegure los derechos naturales. El
ingreso a la sociedad civil es a través del contrato. Si es violado por la
autoridad pública que resultó de la voluntad de los ciudadanos, se vuelve al
estado de naturaleza. La autoridad se sostiene en tanto asegure los derechos
naturales que el individuo buscó proteger al entrar en la sociedad.
JUAN JACOBO
ROUSSEAU.- Su pensamiento constituyó el sustento
doctrinario de la que se nutrió la organización constitucional de todos los
regímenes políticos que adoptaron los
principios de soberanía popular, posteriores a la consumación de la revolución
francesa, misma que sigue siendo la base filosófica de los estados democráticos.
Parra Roussseau
el hombre nace libre pero vive encadenado. En estado de naturaleza vive en
aislamiento y dispersión; dentro de la sociedad establecida, vive sometido. Por
eso propone una sociedad nueva que consiste en una circunstancia intermedia
donde se pueda ser feliz. Su propuesta
es que la humanidad construya su vida en la Democracia y logre conciliar ese
Estado de libertad y de felicidad, con al obediencia a la ley.
La libertad y la igualdad de todos son puntos torales
par Rousseau en su planteamiento
doctrinario. Según su punto de vista todos los hombres son iguales, de esa
igualdad surge la libertad.
El contrato social origina la idea de la soberanía del pueblo. Dentro del Estado cada individuo
comparte la soberanía considerada en su
totalidad.
La
democracia que se funda en la igualdad y
libertad soberana del pueblo se encuentra bajo la protección del Estado. La
voluntad general es la voluntad de los hombres libres para la libertad.
DE LA SOBERANIA Y LAS LEYES
Rousseau considera que toda aquella persona que
participe del contrato social es soberano, por ende es un bien común el que se
obtiene a través de este contrato. Por esta razón no puede existir una
distinción entre soberano e individuo y se debe legislar bajo la voluntad
general. Este tipo de gobierno comienza una vez el pueblo ha madurado moral y
políticamente para lograr comprender e implementar la voluntad general, y que
esta sea libre de interferencias. Debido a esto la ley, siempre es general,
porque considera a las acciones y a las masas, nunca a un individuo. Acerca de
las leyes, Rousseau, hace una diferenciación entre la voluntad general y la
voluntad común. Y estas leyes o contractos no pueden ser creadas por la voluntad
común, debido que la voluntad común puede ser buena o mala, pero esta no
necesariamente se dirige hacia la voluntad general, lo cual su fin es el bien
común.
Estas leyes son divididas entre las Fundamentales,
Civiles y Criminales:
- Leyes Fundamentales, o Leyes Políticas: establecen las relaciones entre el gobierno y el soberano.
- Leyes Civiles: establecen la relación de miembro a miembro, o del miembro a las masas.
- Leyes Criminales: establece la relación entre cada individuo con las leyes y las penalidades por desobedecerlas
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