lunes, 8 de junio de 2015

CLASE OCHO




Generalidades sobre los órganos del Estado.  El estado  necesita contar con órganos de representación y  de administración, mediante los cuales pueda exteriorizar su voluntad, La configuración  de estos órganos  depende de la configuración de la  configuración  el propio estado. La existencia  de diversas formas de estado deriva en que también existen varios órganos d representación  y administración estatales, cuya composición, estructura, facultades  y numero varian de la misma manera  que su naturaleza.
Los órganos del estado pueden  clasificarse en monocráticos y colegiados.
Monocráticos:  cuando es suficiente la decisión de voluntadde una sola persona para el ejercicio de sus funciones.
Colegiados:  la decisión es  producto de un colegio…donde se asegura que una discusión  más o menos detenida antecede a toda decisión.
Monarquías y republicas
Monarquías:  la jefatura del estado corresponde al rey o monarca, en las repúblicas al presidente.  En las monarquías la sucesión al trono se produce en virtud del linaje dinástico; en las repúblicas se produce en virtud del sistema de elección implantado, ya sea que se trate de una elección  directa o indirecta y de que se trate de  una república presidencialista o parlamentaria; en cuyo caso l elección puede darse por sufragio universal o mediante la elección delegada en un cuerpo colegiado.
Estado  y control político.
El concepto de  control político puede analizarse en dos vertientes. La  primera  se concreta en el control que el estado puede ejercer sobre los gobernados para inhibir su participación y, la segunda, se refiere al control que los gobernados pueden establecer para acotar el ejercicio del poder público.
Control del estado sobre los gobernados: El estado puede  inhibir o evitar la participación política de la población sobre la que ejerce su poder.
En los regímenes totalitarios y autoritarios se busca, disimulada o  francamente, la abstención de la población en los  procesos de la vida política  y en la formación de la voluntad nacional. Un régimen totalitario es aquel en el que el poder se concentra en una élite o partido político y se ejerce una supervisión estatal, que desemboca en el control policiaco de la población. Se erradica toda  muestra de pluralismo político por la necesidad de implantar una ideología oficial que ha de ser obedecida, se ignoran los límites del Estado de Derecho y se ejerce una violencia estatal sistemática.
Control de los gobernados sobre el Estado: los gobernados pueden limitar el ejercicio  del poder y evitar su comportamiento arbitrario.


Medios de control político. Vamos a ver  algunas de las formas en  que los gobernados pueden imponer límites al poder  del Estado.
Distribución de competencias: uno de los medios de  control político es la distribución de competencias; esto es,  las atribuciones que tiene el Estado. Así, lo primero es crear un esquema claro que permita la existencia de diferentes entidades estatales para que se distribuyan el poder y lo ejerzan separadamente.
Equilibrio  de poderes: Es necesario que estas entidades  se equilibren,  se autorregulen, y en todo caso,  se controlen ente si   para mantener el equilibro entre ellas; este equilibrio implicará no solo la vigilancia mutua, sino además la cooperación entre los titulares de esas entidades.
Creación de órganos colegiados: la creación de órganos colegiados, basada en el principio de colegiabilidad  también es un mecanismo para el control del poder  estos pueden denominarse intraórganos , puesto que se garantiza una atención  concreta y un análisis minucioso.
Responsabilidades   y sanciones de los órganos del Estado:   también existen los mecanismos que buscan fincar responsabilidades a los órganos del  Estado. Estas responsabilidades se acompañan de sanciones que pueden llegar incluso a poner fin a la existencia de un órgano, como son,  por ejemplo, la destitución del jefe de Estado o la disolución del órgano legislativo.
Estas sanciones son distintas de aquellas que se imponen directamente a los titulares de los órganos y que pueden tener diversa naturaleza, como la meramente administrativas (amonestaciones, cese o inhabilitación para el desempeño público) o las de carácter político (desafuero o juicio político)

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