Generalidades sobre los órganos del Estado. El estado
necesita contar con órganos de representación y de administración, mediante los cuales pueda
exteriorizar su voluntad, La configuración
de estos órganos depende de la
configuración de la configuración el propio estado. La existencia de diversas formas de estado deriva en que
también existen varios órganos d representación y administración estatales, cuya composición,
estructura, facultades y numero varian
de la misma manera que su naturaleza.
Los órganos del estado
pueden clasificarse en monocráticos
y colegiados.
Monocráticos: cuando es suficiente la decisión de
voluntadde una sola persona para el ejercicio de sus funciones.
Colegiados: la decisión es
producto de un colegio…donde se asegura que una discusión más o menos detenida antecede a toda
decisión.
Monarquías y republicas
Monarquías: la jefatura del estado corresponde al rey
o monarca, en las repúblicas al presidente.
En las monarquías la sucesión al trono se produce en virtud del linaje
dinástico; en las repúblicas se produce en virtud del sistema de elección
implantado, ya sea que se trate de una elección
directa o indirecta y de que se trate de
una república presidencialista o parlamentaria; en cuyo caso l elección
puede darse por sufragio universal o mediante la elección delegada en un cuerpo
colegiado.
Estado y control político.
El concepto de control político puede analizarse en dos vertientes.
La primera se concreta en el control que el estado puede
ejercer sobre los gobernados para inhibir su participación y, la segunda, se
refiere al control que los gobernados pueden establecer para acotar el
ejercicio del poder público.
Control del estado sobre los gobernados: El estado puede inhibir o evitar la participación política de
la población sobre la que ejerce su poder.
En los regímenes totalitarios y
autoritarios se busca, disimulada o
francamente, la abstención de la población en los procesos de la vida política y en la formación de la voluntad nacional. Un
régimen totalitario es aquel en el que el poder se concentra en una élite o
partido político y se ejerce una supervisión estatal, que desemboca en el
control policiaco de la población. Se erradica toda muestra de pluralismo político por la
necesidad de implantar una ideología oficial que ha de ser obedecida, se
ignoran los límites del Estado de Derecho y se ejerce una violencia estatal
sistemática.
Control de los gobernados sobre el Estado: los gobernados pueden
limitar el ejercicio del poder y evitar
su comportamiento arbitrario.
Medios de control político. Vamos a ver algunas de las formas en que los gobernados pueden imponer límites al
poder del Estado.
Distribución
de competencias: uno de los medios de
control político es la distribución de competencias; esto es, las atribuciones que tiene el Estado. Así, lo
primero es crear un esquema claro que permita la existencia de diferentes
entidades estatales para que se distribuyan el poder y lo ejerzan
separadamente.
Equilibrio de poderes: Es necesario que estas
entidades se equilibren, se autorregulen, y en todo caso, se controlen ente si para mantener el equilibro entre ellas; este
equilibrio implicará no solo la vigilancia mutua, sino además la cooperación
entre los titulares de esas entidades.
Creación
de órganos colegiados: la creación de órganos colegiados, basada en el
principio de colegiabilidad también es
un mecanismo para el control del poder estos pueden denominarse intraórganos , puesto que se garantiza
una atención concreta y un análisis
minucioso.
Responsabilidades y sanciones
de los órganos del Estado: también
existen los mecanismos que buscan fincar responsabilidades a los órganos
del Estado. Estas responsabilidades se acompañan
de sanciones que pueden llegar incluso a poner fin a la existencia de un
órgano, como son, por ejemplo, la
destitución del jefe de Estado o la disolución del órgano legislativo.
Estas sanciones son distintas de
aquellas que se imponen directamente a los titulares de los órganos y que
pueden tener diversa naturaleza, como la meramente administrativas
(amonestaciones, cese o inhabilitación para el desempeño público) o las de
carácter político (desafuero o juicio político)
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